En respuesta a la preocupante alza de violencia en el departamento de Colón, las autoridades hondureñas han autorizado la emisión de salvoconductos para la portación de armas de fuego. Esta medida se tomó debido al incremento de incidentes violentos en la región y busca ofrecer a los ciudadanos una mayor sensación de seguridad.
El documento permitirá que personas autorizadas porten armas de fuego bajo ciertas restricciones y supervisión, de acuerdo con las normativas establecidas por el gobierno. Los salvoconductos serán evaluados caso por caso para asegurar que solo aquellos ciudadanos con justificación sólida reciban la autorización.
Las autoridades instalaron a la población a actuar con responsabilidad y recordaron que esta es una medida temporal mientras se trabaja en la implementación de estrategias a largo plazo para reducir la violencia en Colón. La iniciativa ha generado opiniones diversas, pues mientras algunos residentes apoyan la medida, otros temen que el acceso a las armas pueda agravar aún más la situación de seguridad en la zona.
REQUISITOS DE UNA PERSONA NATURAL PARA OBTENER LICENCIA DE ARMAS
1. Apersonarse a las oficinas de Registro de armas de Fuego agendar cita
2. Tener veintiún (21) años de edad cumplidos
3. Presentar tarjeta de identidad (Original y copia)
4. Ciudadanos extranjeros constancia de INTERPOL, con una vigencia de 6 meses.
5. Examen Toxicológico y Psicológico
6. Certificado de haber aprobado el curso para el manejo de armas de fuego (Impartido en el
Registro de Armas)
7. Pago de Recibo por registro de arma conforme a los valores establecidos en la Ley. (Emitido
y proporcionado en el Registro de Armas)
8. Constancia de antecedentes penales emitido por el Poder Judicial.
9. Documento, factura o título que acredite la propiedad del arma de fuego.
10. Pago de matrícula de la Alcaldía (Original)
11. Presentar el arma de fuego a registrar, (Traspasos y Renovaciones)
12. Cinco (5) proyectiles solidos por arma
13. Traspaso autenticado original y copia, firmado con huella dactilar de la persona que traspasa
la propiedad del arma, en caso de existir un registro anterior
14. Copia de identidad del vendedor o RTN en caso que el vendedor sea una Empresa
15. Presentar carné original en caso de existir un registro anterior
